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KARLA, MUJER TRANS Y SU PAREJA ASESINADXS:
S!car!0s lxs ejecutaron en Naranjal, Guayas, Ecuador.
Karla, 34 años, mujer trans ecuatoriana, asesinada el 20 de marzo de 2026 en la carretera Panamericana, cantón Naranjal, provincia del Guayas.
I. FICHA DE IDENTIFICACIÓN DE LA VÍCTIMA
| VARIABLE | DATO REGISTRADO |
| Nombre elegido | Karla (Nombres reservados por Consultorio Jurídico X y Estudio Jurídico Rodríguez & Elías) |
| Identidad de género | Mujer trans (género femenino reconocido en documento oficial) |
| Edad | 34 años |
| Nacionalidad | Ecuatoriana, originaria de Pedernales, Manabí |
| Lugar de residencia | Recinto Puerto Inca, cantón Naranjal, provincia del Guayas |
| Lugar del hecho | Carretera Panamericana, recinto San Juan, cantón Naranjal, Guayas |
| Fecha del hecho | Noche del 20 de marzo de 2026 |
| Causa de muerte | Múltiples impactos de proyectil de arma de fuego con compromiso de órganos vitales |
| Modalidad de ataque | Sicariato — ejecución planificada por sujetos armados en motocicleta / vehículo |
| Segunda víctima | Carlos, 28 años, originario de Manabí — fallecido en el lugar por impactos directos en región cefálica. Pareja de la víctima. (Nombres reservados por Consultorio Jurídico X y Estudio Jurídico Rodríguez & Elías). |
| Registro Runa Sipiy | CASO — 2026 | Posible transfemicidio bajo investigación |
II. ANÁLISIS CRIMINOLÓGICO Y RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS
La noche del 20 de marzo de 2026, Karla y Carlos se desplazaban en motocicleta por la carretera Panamericana a la altura del recinto San Juan, en el cantón Naranjal, provincia del Guayas. Según información preliminar recabada por el Observatorio Runa Sipiy a través de su red comunitaria y medios de comunicación locales, la pareja fue interceptada por sujetos armados que abrieron fuego en repetidas ocasiones contra ellos.
El modus operandi —interceptación de la víctima en movimiento, descarga múltiple de proyectiles y remate en el lugar— corresponde a las características tipificadas del sicariato organizado, una modalidad que el Observatorio ha identificado en el 34% de los casos de violencia letal contra personas trans registrados desde 2022. La precisión del ataque y la pluralidad de impactos sobre las víctimas indica planificación previa y conocimiento de la ruta de desplazamiento de las víctimas.
Karla fue trasladada con vida en ambulancia al centro de salud más cercano; sin embargo, los reportes médicos confirmaron su fallecimiento minutos después, como consecuencia de heridas de bala que comprometieron órganos vitales. Carlos (se conoce extraoficialmente que era la pareja) murió de manera instantánea en el lugar, producto de impactos directos en región cefálica. Ambas víctimas habían migrado desde Manabí hacia la provincia del Guayas, contexto de movilidad y desplazamiento forzado interno que expone a las personas trans a mayores condiciones de vulnerabilidad y ausencia de redes de protección.
La identidad de género de Karla se encuentra reconocida en su documento de identidad ecuatoriano, con género femenino, lo que constituye un elemento jurídico central para la tipificación del hecho como posible transfemicidio conforme a los estándares establecidos por el Observatorio Runa Sipiy, Consultorio Jurídico X, Estudio Jurídico Rodríguez & Elias y los marcos normativos internacionales de derechos humanos. El Observatorio mantiene este caso bajo la categoría de «posible transfemicidio» en tanto la investigación fiscal no haya determinado si el odio a la identidad de género de Karla fue un factor motivacional en el ataque.
III. ANÁLISIS JURÍDICO — ESTUDIO JURÍDICO RODRÍGUEZ Y ELÍAS / CONSULTORIO JURÍDICO X
Desde el Estudio Jurídico Rodríguez y Elías y el Consultorio Jurídico X, se señala que el presente caso activa al menos tres dimensiones de análisis legal que deben ser incorporadas de manera explícita en la instrucción fiscal:
- Tipificación del transfemicidio: Ecuador no cuenta con un tipo penal específico para el transfemicidio, lo que obliga a la Fiscalía a encuadrar la muerte de Karla dentro del femicidio tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con la agravante de discriminación por identidad de género prevista en el artículo 45, numeral 11. El Observatorio Runa Sipiy y sus alianzas jurídicas instan a la Fiscalía a aplicar este encuadramiento de forma explícita en la instrucción fiscal.
- Investigación de la motivación: Conforme a la Resolución 2573 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y los Principios de Yogyakarta, toda muerte violenta de una persona de identidad de género diversa debe ser investigada con el estándar de debida diligencia reforzada, determinando si existió un componente de odio transfóbico como motivación del crimen.
- Contexto de crimen organizado: La modalidad de sicariato sugiere posible vinculación con redes delictivas que operan en el corredor de la carretera Panamericana en Naranjal. La Fiscalía deberá investigar si Karla fue víctima de extorsión, control territorial o cualquier forma de explotación que afecte de manera desproporcionada a mujeres trans en situación de movilidad interna. Esta línea investigativa es independiente —y no excluyente— de la hipótesis de transfemicidio.
El Estudio Jurídico Rodríguez y Elías y el Consultorio Jurídico X se mantienen disponibles para ofrecer acompañamiento legal a familiares de las víctimas que lo soliciten, así como para apoyar técnicamente a la Fiscalía en la correcta tipificación del hecho.
IV. DECLARACIONES INSTITUCIONALES
| Diane Rodríguez — Directora, Asociación Silueta X / Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBT+ «Ecuador tiene un problema estructural llamado impunidad trans. Karla no es un número más en nuestro registro: es el reflejo de un Estado que no protege a sus ciudadanas trans, que no investiga sus muertes con diligencia y que no tipifica el transfemicidio como crimen autónomo. El Observatorio Runa Sipiy y el Consultorio Jurídico X que Asociación Silueta X administra desde 2013, documenta cada caso como acto de justicia histórica. Exigimos a la Fiscalía Provincial del Guayas apertura inmediata de la instrucción fiscal bajo la hipótesis de transfemicidio agravado y la asignación de un fiscal especializado en género. La impunidad no es accidente: es política. Y nosotras la combatimos con datos, con nombres y con presencia permanente.» |
| Geovanny Jaramillo — Presidente, Bolivarianos Diversos / Vocero, Plataforma Nacional Revolución Trans – CoaliTrans (22 colectivos trans a nivel nacional) «Karla no viajó desde Manabí buscando su muerte. Viajó buscando sobrevivir. Y fue el crimen organizado y la indiferencia estatal los que juntos la ejecutaron. La Plataforma Nacional Revolución Trans – CoaliTrans, a través de sus 22 colectivos presentes en todo el Ecuador, activa su sistema de alerta comunitaria ante este transfemicidio. Exigimos al Ministerio del Interior que presente un plan de seguridad diferenciado para mujeres trans migrantes internas en corredores de alta violencia. Nuestras compañeras no deben elegir entre su identidad y su vida.» |
| Germán Castillo — Presidente, Es Mi Familia / Coordinador de la Coalición Quiteña resistencia Rosa (8 colectivos a nivel local) «Este caso evidencia que la violencia letal contra las personas trans en Ecuador tiene una geografía: los márgenes del país, los cantones invisibilizados, las carreteras donde el Estado no llega. La Resistencia Rosa al INEC que en su próxima encuesta de victimización incluya una variable diferenciada para personas trans, y a la Defensoría del Pueblo que emita un pronunciamiento de fondo sobre el patrón sistemático de transfemicidios documentados por el Observatorio Runa Sipiy. Seguir contando muertos sin contar datos oficiales es complicidad institucional.» |
V. SOLICITUDES INSTITUCIONALES INMEDIATAS
| INSTITUCIÓN | PLAZO PRUDENTE | ACCIÓN SOLICITADA |
| Fiscalía Provincial del Guayas | 72 horas | Apertura de instrucción fiscal bajo hipótesis de transfemicidio. Asignación de fiscal especializado en género. Aplicación del art. 141 COIP con agravante del art. 45.11. |
| Ministerio del Interior / Policía Nacional | Inmediato | Presentar resultados de la investigación criminal sobre la modalidad de sicariato en el corredor Naranjal–Panamericana. Diligencias de identidad plena y posibles vínculos del ataque con control territorial. |
| Viceministerio de la Mujer y DDHH | 30 días | Activar el protocolo de atención integral para familiares de víctimas de transfemicidio. Generar estadística diferenciada de mujeres trans víctimas de violencia letal. |
| INEC | Compromisos 2026 | Incorporar variable de identidad de género trans en el registro oficial de causas de muerte violenta y en la encuesta de victimización. |
| Defensoría del Pueblo | 15 días | Emitir pronunciamiento oficial sobre el patrón sistemático de transfemicidios 2026 documentados por el Observatorio Runa Sipiy. |
| Asamblea Nacional | Legislatura 2026 | Incorporar el transfemicidio como tipo penal autónomo en el COIP. El Ecuador lleva más de una década documentando estas muertes sin legislación específica. |
VI. INSTITUCIONES EMISORAS
Este boletín es emitido de manera conjunta por:
▶ ASOCIACIÓN SILUETA X — Administradora del Observatorio Runa Sipiy (www.siluetax.org)
▶ PLATAFORMA NACIONAL REVOLUCIÓN TRANS – COALITRANS (22 colectivos a nivel nacional)
▶ FEDERACIÓN ECUATORIANA DE ORGANIZACIONES LGBT+ (73 colectivos a nivel nacional)
▶ ESTUDIO JURÍDICO RODRÍGUEZ Y ELÍAS — Análisis legal y tipificación penal
▶ CONSULTORIO JURÍDICO X — Acompañamiento legal a familiares y comunidad
Articulación de datos: Observatorio Nacional Runa Sipiy (vigente de forma permanente desde el 2013)
| «Karla existió. Tenía nombre. Tenía historia. Tenía 34 años.» El Observatorio Runa Sipiy la recuerda, la registra y exige justicia. |
Contacto de prensa: Asociación Silueta X | http://www.siluetax.org | Observatorio Runa Sipiy — Monitoreo nacional desde 2013| info@siluetax.org | 0982001871 |



